BST GLOBAL CONSULTING
Por : Dr. ALEJANDRO RODRÍGUEZ CAPUTO
El pasado 26 de junio, la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo aprobó la Resolución Nro. 061/2026, mediante la cual redefinió las pautas que rigen la aplicación de sanciones a los sujetos obligados del sector no financiero. El nuevo régimen deriva de la combinación de tres criterios que se encadenan entre sí: La gravedad de la infracción que podrá ser leve, severa o grave; en función de esa calificación, define el tipo de sanción aplicable que abarca desde el apercibimiento hasta la suspensión; y cuando corresponde una multa, fija por último su monto, cruzando el volumen de negocios con la clase de infracción cometida para ajustarlo, según las circunstancias que hayan rodeado el caso.
Accede a nuestro informe tecnico debajo.
Informe resololución_61_2026 (pdf)
Download